El Curso tiene por objeto desarrollar la habilidad de resolución de problemas jurídicos complejos, a través de la aplicación en casos prácticos de criterios materiales que permitan clasificar una función de naturaleza administrativa, jurisdiccional o de gobierno.

Analizaremos el significado y alcance del principio de separación de funciones, con el objeto de determinar cuáles son los límites constitucionales en la atribución de competencias.

A partir de la distinción entre funciones administrativas, jurisdiccionales y de gobierno se plantea un buen número de temas de especial complejidad. Algunos de ellos son los referidos a la controversia acerca de si es o no admisible el ejercicio de funciones jurisdiccionales por la administración del Estado, a la luz del principio de separación de funciones , así como la interrogante de cuáles son los límites que debe respetar el legislador en la atribución al poder ejecutivo de funciones jurisdiccionales, tanto desde el punto de vista del principio de separación de poderes como de la garantía de un procedimiento racional y justo.

Se establece la relación entre la sujeción a la ley de las funciones de garantías y la discrecionalidad polítca del gobierno, como fundamento de las garantías de independencia de los jueces y de la administración pública. Finalmente, estudiaremos la aplicación de los principios de idoneidad y de independencia política, con respecto al ámbito de evaluación en el nombramiento de jueces y funcionarios de la Administración del Estado.